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En segundo trámite constitucional.

Senado aprobó idea de legislar sobre proyecto que garantiza que la información entregada bajo la modalidad de un “predictor de riesgo” sea exacta, actualizada y veraz.

La Comisión de Economía del Senado aprobó la idea de legislar sobre el proyecto de ley que modifica la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, para garantizar que la información entregada a través de predictores de riesgo sea exacta, actualizada y veraz.La moción, patrocinada por el Senador Eugenio Tuma, propone introducir un […]

16 de marzo de 2011

La Comisión de Economía del Senado aprobó la idea de legislar sobre el proyecto de ley que modifica la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, para garantizar que la información entregada a través de predictores de riesgo sea exacta, actualizada y veraz.
La moción, patrocinada por el Senador Eugenio Tuma, propone introducir un nuevo inciso final en el artículo 9º del precitado cuerpo legal, de manera de prohibir la realización de “ranking o predictores de riesgo” comercial basados en variables relativas a la frecuencia de consulta de los datos personales contenidos en un registro o banco de datos asociados a una determinada persona, incluyéndose en tal prohibición la entrega a terceros de la información relativa al número de consultas de sus datos.
La iniciativa que ya fue aprobada por la Cámara de Diputados, establece que la infracción a tal prohibición dará derecho al titular de los datos a solicitar la eliminación inmediata de dicha información, sin perjuicio de las responsabilidades civiles que el afectado pueda hacer efectivas en contra del que realice dichos ranking o predictores de riesgo comercial.
Cabe recordar que en días pasados la Corte de Santiago acogió un recurso de protección en la materia, y determinó que el referido indicador viola la igualdad ante la ley, la protección y respeto a la vida privada, entre otras garantías constitucionales, ya que “priva o dificulta de modo importante” el derecho constitucional de “optar a créditos en el sistema financiero y comercial para adquirir bienes y servicios, situación que no puede ser vulnerada merced un acto arbitrario carente de fundamentación objetiva y legal”. (Véase relacionado)

Vea texto íntegro de la moción, discusión y tramitación.

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