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Modifica Ley de Control de Armas y CPP.

Cámara de Diputados aprobó en general proyecto de ley que previene el uso de armas en actos delictuales.

El proyecto de ley –ingresado a trámite legislativo en el año 2008- tiene por objeto “dotar al Estado de mejores herramientas para el combate de la delincuencia previniendo el uso de armas de fuego en hechos delictuales”.

11 de julio de 2011

La Cámara de Diputados aprobó -con 92 votos a favor y tres en contra- la idea de legislar contenida en una moción de los diputados Bauer, Cardemil, Correa, Cristi, Fuentealba, Pérez, Ulloa, Urrutia, Vargas y Von Mülehnbrock, que introduce modificaciones en la Ley N° 17.798, sobre Control de Armas y en el Código Procesal Penal.
El proyecto de ley –ingresado a trámite legislativo en el año 2008- tiene por objeto “dotar al Estado de mejores herramientas para el combate de la delincuencia previniendo el uso de armas de fuego en hechos delictuales”.
Con tal objeto, la iniciativa perfecciona las medidas cautelares a fin de incorporar la prohibición de tenencia y porte de armas de fuego, y establece penas agravadas a quienes proporcionen armas a menores de edad.
También incorpora un nuevo requisito para la inscripción de armas consistente en que la persona no se encuentre sujeta a la medida cautelar personal de prohibición de tenencia, porte o posesión de armas; asimismo, se establece que a petición del Ministerio Público o de la autoridad fiscalizadora, el juez de garantía podrá ordenar la incautación de las armas en poder de las personas denunciadas o querelladas por hechos de violencia intrafamiliar hasta el término del procedimiento; y se agrega una agravante para quien venda, ceda o transfiera un arma inscrita a su nombre a un menor de edad, salvo que éste se encuentre acreditado como deportista en las condiciones que la propia Ley N°17.798 autoriza.
Finalmente, se sanciona pecuniariamente a las personas que teniendo legalmente inscrita un arma no comuniquen a la autoridad fiscalizadora correspondiente todo cambio de domicilio, entre otras disposiciones que el proyecto de ley contempla.
Corresponde a la Comisión de Seguridad Ciudadana pronunciarse en particular sobre la iniciativa.

Vea texto íntegro de la moción, informes, discusión y tramitación boletín N° 6201.

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