En primer trámite constitucional.
Cámara de Diputados aprobó proyecto de ley que obliga a proveedores a concurrir a mediación en el SERNAC.
Con el objeto potenciar la instancia de la mediación, estableciendo la obligatoriedad de concurrencia para ambas partes a fin de disminuir los tiempos, los costos y mejorar los resultados...

La Cámara de Diputados aprobó –con 78 votos a favor- la iniciativa que modifica la Ley N° 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, en el sentido de consagrar la obligación de los proveedores de concurrir a una mediación en el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC). El proyecto de ley tuvo su origen en una moción de los diputados Araya, Chahín, Goic, Ojeda, Rincón, Sabag, Saffirio, Vallespín, Venegas y Zalaquett, que observó que el precitado cuerpo legal establece que el SERNAC tiene entre sus funciones la de recibir reclamos de consumidores que consideren lesionados sus derechos y dar a conocer al proveedor respectivo el motivo de la inconformidad, con el fin de que voluntariamente pueda concurrir y proponer alternativas de solución. Sobre la base de la respuesta del proveedor reclamado, el SERNAC promoverá un entendimiento voluntario entre las partes. El documento en que dicho acuerdo se haga constar tendrá carácter de transacción extrajudicial. Con el objeto potenciar la instancia de la mediación, estableciendo la obligatoriedad de concurrencia para ambas partes a fin de disminuir los tiempos, los costos y mejorar los resultados, el proyecto de ley modifica el artículo 58 de la Ley N° 19.496, con el objeto de exigir la comparecencia del proveedor reclamado ante el SERNAC a fin de que proponga alternativas de solución, precisando que la no concurrencia se considerará infracción a la ley. Corresponde que el Senado se pronuncie en segundo trámite constitucional sobre la iniciativa.
Vea texto íntegro de la moción, informes, discusión y tramitación boletín N° 7078.
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