Diario Constitucional

Para incluir a las instituciones privadas.

Diputados proponen permitir la participación de estudiantes y funcionarios no académicos en las instituciones de educación superior.

Observa luego que al suprimir este impedimento, habilitaría para que las “instituciones privadas de Educación superior tengan la libertad de organizarse de la manera que estimen”, debiendo “efectuar una modificación de sus respectivas escrituras públicas que dan cuenta de sus estatutos” y aclarando que respecto a “las universidades del Estado” –por tratarse de servicios públicos descentralizados- “no les afecta”, al ser constituidas por ley y no por escritura pública.

Por Redacción·19 de agosto de 2011·1 min de lectura
Diputados proponen permitir la participación de estudiantes y funcionarios no académicos en las instituciones de educación superior.
Referencial

La moción de los diputados Carmona, Gutiérrez y Teillier, expone que “la prohibición a la participación de estudiantes y personal no académico en las instituciones privadas de Educación Superior” principia con el D.F.L N°1 publicado en 1981 y el D.F.L N°5 de 1981, ambos del Ministerio de Educación, que fijó respectivamente normas sobre universidades e institutos profesionales. Dicha prohibición se consagra, además, en la Ley N°18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, mientras que la ley N°20.370 “no innovó en este ámbito”, lo que “resulta contrario a la autonomía universitaria”, y además atenta “contra la diversidad y flexibilidad de todo el sistema de Educación Superior”. Observa luego que al suprimir este impedimento, habilitaría para que las “instituciones privadas de Educación superior tengan la libertad de organizarse de la manera que estimen”, debiendo “efectuar una modificación de sus respectivas escrituras públicas que dan cuenta de sus estatutos” y aclarando que respecto a “las universidades del Estado” –por tratarse de servicios públicos descentralizados- “no les afecta”, al ser constituidas por ley y no por escritura pública. Con el objeto de “generar espacios de participación en la comunidad educativa”, en el entendido que si el Estado “ha establecido una organización más participativa”, proponen modificar de los Decretos con Fuerza de Ley precitados, de manera tal de eliminar las expresiones que hagan alusión a la prohibición, se incluyan estas instituciones; entre otras modificaciones que el proyecto de ley consulta.

Vea texto íntegro de la moción boletín N° 7872-04.

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