No se acreditó supuestos de procedencia de multas.
Corte de Puerto Montt acogió recurso de apelación en contra de sentencia que desestimó reclamo de multas impuestas a CELCO Valdivia.
Se dedujo un recurso de casación en la forma y un recurso de apelación en contra de la sentencia del Primer Juzgado Civil de Puerto Montt que rechazó una reclamación interpuesta por Celulosa Arauco y Constitución S.A. (CELCO) en contra de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Los Lagos por la…

Se dedujo un recurso de casación en la forma y un recurso de apelación en contra de la sentencia del Primer Juzgado Civil de Puerto Montt que rechazó una reclamación interpuesta por Celulosa Arauco y Constitución S.A. (CELCO) en contra de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Los Lagos por la imposición de multas por infracciones a las condiciones de aprobación del proyecto “Valdivia” de la misma empresa.
En cuanto al recurso de casación en la forma, éste se fundó en la omisión de la recepción de la causa a prueba, trámite o diligencia esencial, de la tercera y cuarta infracciones reclamadas, no obstante existir hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, y por carecer la sentencia de consideraciones de hecho y de derecho y enunciación de las leyes en que se funda. La Corte rechazó la impugnación por estimar que el tribunal a quo sí recibió la causa a prueba, a pesar de no haber incluido dos puntos solicitados por la recurrente, asunto que no es reclamable en sede de casación. En cuanto al segundo capítulo, también corresponde su rechazo por cuanto respecto de la reclamación especial regulada por la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, sólo procede la casación en la forma, a partir del artículo 768 N° 5 del Código de Procedimiento Civil, cuando se funde en la omisión de la decisión del asunto controvertido.
En cuanto al recurso de apelación, la recurrente sostuvo que la sentencia infringe las garantías del debido proceso y los principios de legalidad y tipicidad, aplicables en la especie por tratarse de una manifestación del derecho administrativo sancionador, y que no concurren los supuestos de hechos que autorizan la imposición de las multas.
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