Requerirá informe de dos especialistas.
Senadores proponen permitir el aborto en casos en que exista riego vital de la madre.
El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica encuentra reconocimiento explicito en la Constitución, la que establece, además, que la ley protege la vida del que está por nacer. Por su parte, la Convención Americana de Derechos Humanos precisa que toda persona tiene derecho a que se respete su vida, lo…

El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica encuentra reconocimiento explicito en la Constitución, la que establece, además, que la ley protege la vida del que está por nacer. Por su parte, la Convención Americana de Derechos Humanos precisa que toda persona tiene derecho a que se respete su vida, lo que se le encomienda garantizar a la ley a partir del momento mismo de la concepción.
La moción de los senadores Pizarro, Ruiz-Esquide y Zaldívar, pretende proteger la vida de la madre, permitiendo la interrupción del embarazo, sólo en casos de que exista un riesgo demostrado para su existencia.
Observa luego que el artículo 199 del Código Sanitario, vigente hasta el año 1989 consagraba la posibilidad de interrumpir el embarazo, sólo con fines terapéuticos y con un informe de dos médicos-cirujanos, pero con la derogación de la norma, una situación que se consideraba excepcional, se transformó en una prohibición absoluta y general de cualquier forma de aborto.
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