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Se afecta abastecimiento energético.

Corte de Temuco acogió recurso de protección de empresa eléctrica por vulneración de servidumbre de ocupación y tránsito.

Se dedujo acción de protección en contra de las actuaciones de una particular que desconoció el derecho de una empresa eléctrica para ingresar al predio sirviente donde se ubica la Radio-Estación Cautín, de su dominio, con el objeto de reparar en lo inmediato la falla en el sistema de comunicaciones. Sostiene que estas actuaciones vulneran […]

14 de noviembre de 2011

Se dedujo acción de protección en contra de las actuaciones de una particular que desconoció el derecho de una empresa eléctrica para ingresar al predio sirviente donde se ubica la Radio-Estación Cautín, de su dominio, con el objeto de reparar en lo inmediato la falla en el sistema de comunicaciones. Sostiene que estas actuaciones vulneran sus garantías fundamentales del derecho de propiedad y del derecho a desarrollar actividades económicas lícitas.

En su informe, la recurrida alegó, en primer término, la inexistencia de una servidumbre eléctrica, como alegaría la recurrente. En segundo término, agrega que la recurrente ha abusado e incumplido el convenio de constitución de servidumbre de ocupación y tránsito.

La Corte de Apelaciones de Temuco acogió el arbitrio constitucional en el Rol N°171-2011, al estimar que “no se ha respetado por parte de la recurrida de las normas legales que rigen las servidumbres, por un lado, ni las que regulan las transmisiones eléctricas y permisos para ello”, toda vez que se ha impedido el ingreso del personal de la recurrente a fin de reparar los desperfectos en la estación radio transmisora, que abastece las necesidades de electricidad de una parte de la zona sur del país. La existencia de esta estación arranca de una servidumbre voluntaria y perpetua de ocupación y tránsito que la recurrida no ha respetado, incurriendo en una ilegalidad y arbitrariedad, concluye la sentencia.

 

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