Reforma constitucional.
Diputados proponen prohibir a parlamentarios reemplazantes presentarse como candidatos al distrito o circunscripción que le correspondió reemplazar.
La moción de los diputados Becker, Browne, Delmastro, Edwards, Godoy, Rivas, Rubilar, Sabat y Sauerbaum, expone que el poder legislativo está compuesto por senadores y diputados que duran ocho y cuatro años, respectivamente, elegidos de manera directa y democrática; con derecho a reelección indefinida, cuya principal función es concurrir en el proceso de formación de…

La moción de los diputados Becker, Browne, Delmastro, Edwards, Godoy, Rivas, Rubilar, Sabat y Sauerbaum, expone que el poder legislativo está compuesto por senadores y diputados que duran ocho y cuatro años, respectivamente, elegidos de manera directa y democrática; con derecho a reelección indefinida, cuya principal función es concurrir en el proceso de formación de las leyes.
Observa luego que durante el desempeño de su cargo, cualquiera de los parlamentarios se puede ver impedido de continuar en el desarrollo de sus obligaciones, ya sea por razones políticas, enfermedad, humanas o incluso condenado alguna pena aflictiva. En aquellas circunstancias, el artículo 51 de nuestra Carta Fundamental contempla el mecanismo de reemplazo de los parlamentarios, el cual señala que las vacantes se proveerán por el ciudadano del partido político al cual pertenecía el parlamentario, pero en el caso de los independientes, estos no serán reemplazados. Sin embargo, esta fórmula de reemplazo ha sido objeto de múltiples críticas, considerando principalmente que el reemplazante se olvida que tiene ese carácter, terminando en la mayoría de los casos siendo candidato en las próximas elecciones.
Con el objeto de subsanar la situación antes descrita y evitar que el reemplazo de un parlamentario sea “una forma de instalarse en un territorio político, con recursos del Estado”, considerando además que existen más de quince iniciativas que han intentado modificar la actual norma constitucional; la moción propone agregar al inciso 7° del artículo 51 de la Carta Política, la prohibición de presentarse como candidato a la elección siguiente, por el mismo distrito o circunscripción electoral que correspondía al parlamentario que debió reemplazar.
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