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Autorización judicial había caducado.

Corte de Talca acogió acción de protección fundada en el retiro de bienes por parte de recaudador fiscal.

La abogada provincial y el recaudador fiscal informaron –entre otras cosas- que el retiro de la especie se llevó a cabo de manera voluntaria y sin oposición, invocándose para tal efecto una orden judicial previa emanada de la causa por cobro ejecutivo de impuestos impagos, respecto de la cual se había firmado un convenio de […]

24 de noviembre de 2011

La abogada provincial y el recaudador fiscal informaron –entre otras cosas- que el retiro de la especie se llevó a cabo de manera voluntaria y sin oposición, invocándose para tal efecto una orden judicial previa emanada de la causa por cobro ejecutivo de impuestos impagos, respecto de la cual se había firmado un convenio de pago, el que había caducado por falta de cumplimiento del recurrente, admitiendo, sin embargo, que dicha circunstancia no fue comunicada al juez de la causa ni se solicitó una nueva orden para el retiro de especies.

La Corte de Apelaciones de Talca acogió la acción constitucional, para lo cual tuvo presente que “un agente público, integrante del Servicio de Tesorería Provincial de Curicó, utilizó una autorización judicial caducada para reanudar el procedimiento compulsivo en contra del recurrente, lo que constituye un acto ilegal”, por cuanto ello se aparta de las normas procesales previstas para este clase de procesos. En virtud de lo anterior, el Tribunal de Alzada estimó que se infringe la garantía constitucional de no ser juzgado por comisiones especiales, “al prescindir de la intervención de un tribunal de la República en materias entregadas por la ley dentro de su competencia”.

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

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