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En relación a las Cajas de Compensación.

Moción limita el acceso a créditos a personas que reciban pensión básica solidaria y prohíbe disponibilidad anticipada de indemnizaciones laborales.

La moción de los diputados Andrade, Burgos, Chaín, Espinoza, Harboe, Monckerber, Muñoz, Pérez, Rubilar y Sandoval expone que la Superintendencia de Seguridad Social, informó que en los últimos años se ha incrementado de manera significativa el número de empresas y personas afiliadas –aproximadamente el 30% de la población- a las cinco instituciones que se encuentran […]

19 de diciembre de 2011

La moción de los diputados Andrade, Burgos, Chaín, Espinoza, Harboe, Monckerber, Muñoz, Pérez, Rubilar y Sandoval expone que la Superintendencia de Seguridad Social, informó que en los últimos años se ha incrementado de manera significativa el número de empresas y personas afiliadas –aproximadamente el 30% de la población- a las cinco instituciones que se encuentran operantes en nuestro país.

Observa luego que entre las facultades que tienen estas entidades, se encuentra la posibilidad de conceder “prestaciones de crédito social”, las que pueden consistir en préstamos en dinero, regidas por la normativa establecida en el Decreto Supremo N° 91 de 1979, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprueba el Reglamento del Régimen de prestaciones de crédito social de las Cajas de Compensación de Asignación familiar. En relación a esto, la Superintendencia informó que durante el año 2010 se “otorgó un total de 2.101.515 créditos por un monto total de $1.241.487.455 miles de pesos”.

Por otra parte, la iniciativa denuncia que se han detectado problemas respecto al “otorgamiento de estos créditos a personas que cuentan solamente como ingreso de una Pensión Básica Solidaría de Vejez o Invalidez, así como también, se ha advertido los cobro que se efectúan de dichos créditos, al momento en que el trabajador se desvincula y obtiene una indemnización u otros ingresos al momento de su finiquito, descontándosele el saldos insolutos de los créditos solicitados”.

Con el objeto de subsanar las deficiencias detectas, el proyecto propone modificar la Ley N° 18.833, que regula las Cajas de Compensación de Asignación Familiar, a fin de someter a las entidades prestadoras de servicios sociales a la fiscalización de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras. Asimismo, limitar a las personas beneficiarias de la pensión básica solidaria de vejez e invalidez, acceder a los créditos proporcionados por las Cajas de Compensación.

Finalmente, una prohibición a los trabajadores de disponer anticipadamente de montos provenientes de las indemnizaciones por años de servicios o cualquier otra suma que le corresponda recibir conforme a lo que estipule la legislación laboral.

 

Ver texto íntegro de la moción.

 

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