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Protección del Consumidor.

Moción propone posibilitar a consumidores a invocar sentencias condenatorias del Tribunal de Libre Competencia.

La moción de los diputados Aguiló, Arenas, Burgos, Carmona, Chahín, Goic, Montes, Saffirio, Sepúlveda y Walker, expone que el ordenamiento jurídico chileno ha provisto a consumidores y demás agentes, de mecanismos que faciliten su intervención en el mercado de modo equivalente, para ello el Tribunal de Libre Competencia, es el órgano encargado de tutelar para […]

19 de diciembre de 2011

La moción de los diputados Aguiló, Arenas, Burgos, Carmona, Chahín, Goic, Montes, Saffirio, Sepúlveda y Walker, expone que el ordenamiento jurídico chileno ha provisto a consumidores y demás agentes, de mecanismos que faciliten su intervención en el mercado de modo equivalente, para ello el Tribunal de Libre Competencia, es el órgano encargado de tutelar para que se garanticen estas relaciones de consumo. Asimismo, la ley también ha previsto dentro del marco institucional la “Protección del Consumidor”, a objeto de preservar o restablecer las condiciones particulares de equivalencia entre cada consumidor y su proveedor de bienes y servicios, o indemnizar los daños en los casos en que exista infracción de ley por parte de ellos.

Observa luego que en los casos que el órgano jurisdiccional de la Libre Competencia, ha declarado que “un mercado determinado han ocurrido conductas que lo han distorsionado, lo han alterado o han impedido que llegue siquiera a haber propiamente un mercado”, los consumidores afectados por estas circunstancias no tienen derecho para exigir la reparación de sus intereses, sino sólo de manera análoga, en la medida que ejerzan acciones del ámbito de la protección al consumidor tendientes a obtener una declaración a la ya ha efectuada por el órgano fiscalizador.   

Cabe destacar que el artículo 178 del Código de Procedimiento Civil establece expresamente que «En los juicios civiles podrán hacerse valer las sentencias dictadas en un proceso criminal siempre que condenen al procesado». Es por ello, que la iniciativa afirma que por razones de justicia, certeza jurídica y equidad, los actos declarados ilícitos por el Tribunal especializado, son actos que también han afectado los derechos de los consumidores, siempre que acrediten su relación de consumo con la entidad condenada. 

A los fines expuestos la moción propone modificar la Ley N° 19.496, sobre protección a los derechos del consumidor, dando competencia a los jueces de policía local para conocer “las acciones indemnizatorias que ejerzan los consumidores contra los proveedores de bienes y servicios que hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, por actos calificados por ese Tribunal como ilícitos; entre otras modificaciones que el proyecto de ley consulta”.

 

Ver texto íntegro de la moción.

 

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