Diario Constitucional

Para asegurar cupos de trabajo.

Senadores presentan iniciativa que establece discriminación positiva para las personas con discapacidad en el ingreso a los órganos y servicios públicos.

La moción de los senadores García-Huidobro, Horvath, Larraín y Prokurica, expresa que una de las barreras más graves que enfrentan las personas con discapacidad y de efecto económico-social más negativo es la dificultad la dificultad que ellas encuentran en el acceso a los puestos de trabajo.Observa luego que, no obstante los importantes avances que a…

Por Redacción·29 de diciembre de 2011·2 min de lectura
Senadores presentan iniciativa que establece discriminación positiva para las personas con discapacidad en el ingreso a los órganos y servicios públicos.
Referencial

La moción de los senadores García-Huidobro, Horvath, Larraín y Prokurica, expresa que una de las barreras más graves que enfrentan las personas con discapacidad y de efecto económico-social más negativo es la dificultad la dificultad que ellas encuentran en el acceso a los puestos de trabajo. Observa luego que, no obstante los importantes avances que a favor de las personas con discapacidad, la legislación nacional no contempla medidas precisas destinadas al aseguramiento de cupos de trabajo, a lo menos en el sector público, cuando cumplen con los requisitos y condiciones exigidos para el desempeño de los cargos”, como ocurre en la legislación comparada, por ejemplo en la española o argentina. Con el objeto de reservar una porción de de los cupos de trabajo personas con discapacidad y su integración, propone modificar el artículo 45 de la ley N° 20.422, que establece las Normas sobre la Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad, a fin de que en los procesos de selección de personal, la Administración del Estado y sus organismos, las municipalidades, el Congreso Nacional, los órganos de la administración de Justicia y el Ministerio Público, deberán seleccionar preferentemente, en igualdad de condiciones de mérito, a personas con discapacidad. Para ello, deberán incluir la reserva de un cupo no inferior al 2% de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad que cumplan con los requisitos. Los organismos encargados de la selección deben efectuar las adaptaciones necesarias, materiales o temporales, para asegurar que las personas con discapacidad cumplan las pruebas selectivas en condiciones de igualdad con el resto de los candidatos.

Vea texto íntegro de la moción.

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