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Por carecer la acción de oportunidad.

Corte de Copiapó rechaza acción de protección por negativa a transfusión de sangre a testigo de Jehová.

Los recurridos informaron rechazando los supuestos fácticos argumentos por el recurrente, y sosteniendo que no se oponen a una operación quirúrgica sino simplemente a una transfusión de sangre por los riesgos a la salud que ello implica, y que la propia afectada se opone a un tratamiento de este tipo por resultar contrario a sus creencias religiosas.

30 de diciembre de 2011

Se dedujo acción de protección en favor de la madre del actor, y en contra de ciertas personas naturales individualizadas y de cualquier miembro que pertenezca al culto religioso “Testigos de Jehová”, por cuanto ellos habrían persuadido a la madre del recurrente a no recibir una transfusión de sangre, a pesar de que ésta la requiere, y habrían obtenido de ella un “poder para atención médica” que los faculta para tomar cualquier decisión de esa naturaleza, todo lo cual afecta el derecho a la vida y el derecho a la honra de su madre.
Los recurridos informaron rechazando los supuestos fácticos argumentos por el recurrente, y sosteniendo que no se oponen a una operación quirúrgica sino simplemente a una transfusión de sangre por los riesgos a la salud que ello implica, y que la propia afectada se opone a un tratamiento de este tipo por resultar contrario a sus creencias religiosas.
La Corte de Apelaciones de Copiapó declaró sin lugar la acción constitucional en el Rol N°423-2011, por haber perdido oportunidad, toda vez que se decretó el alta médico respecto de la madre del recurrente, con lo que el procedimiento de transfusión de sangre no resulta necesario.

 

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