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CS rechaza recursos de casación en la forma y en el fondo en contra de sentencia que desestimó reclamo de ilegalidad municipal.

En el marco de un reclamo de ilegalidad en contra de la Municipalidad de Providencia referido a pago de patente municipal, se dedujo sendos recursos de casación en la forma y en el fondo en contra de sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó la acción por considerarla inadmisible. El recurso de […]

2 de enero de 2012

En el marco de un reclamo de ilegalidad en contra de la Municipalidad de Providencia referido a pago de patente municipal, se dedujo sendos recursos de casación en la forma y en el fondo en contra de sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó la acción por considerarla inadmisible.

El recurso de nulidad formal invoca la causal del N°9 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, al omitirse la recepción de la causa a prueba; mientras que el arbitrio de nulidad sustancial denuncia infracción de las reglas de interpretación de los contratos contenida en el artículo 1560 del Código Civil, pues uno de los argumentos de rechazo contenidos en la sentencia recurrida fue que el escrito del reclamo señalaba interponer una “apelación”, error a pesar del cual era claro que la intención era deducir un recurso de reclamación y no otro.

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en la forma, en la medida que la causal invocada “por expresa disposición legal, no tienen cabida en los juicios o reclamaciones regidos por leyes especiales, como ocurre con el presente, el cual se encuentra previsto y reglado por las normas contenidas en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades”.

En lo referido al recurso de casación en el fondo, el máximo Tribunal lo rechazó, para lo cual razona que “del propio tenor del escrito por el que se interpone el recurso de casación en estudio se pueden comprobar sus defectos”, al no denunciar la infracción de “las normas decisorias de la litis en materia de determinación del pago de patentes, esto es aquellas que producen el efecto de resolver la cuestión controvertida, no obstante que en sus planteamientos ha insistido en que se debió acoger el reclamo”, motivo por el cual la Corte consideró que “la recurrente no cuestiona la decisión de fondo, lo que impide que su recurso de nulidad pueda prosperar”.

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

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