Segunda sala.
TC se pronunciará sobre la admisibilidad de un requerimiento inaplicabilidad que impugna norma de la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y de Prestación de Servicios.
El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna la oración final del artículo 4°, inciso primero, de la Ley N°19.886, que establece las Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. La gestión pendiente invocada incide en un juicio que conoce un Juzgado Civil de Santiago deducido en contra de…

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna la oración final del artículo 4°, inciso primero, de la Ley N°19.886, que establece las Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
La gestión pendiente invocada incide en un juicio que conoce un Juzgado Civil de Santiago deducido en contra de la Dirección de Compras y Contratación Pública (Chilecompras), por el cual el actor –Banco de Chile- pretende que se declare que la circunstancia de haber sido condenado por infracción a los derechos fundamentales del trabajador por un Juzgado de Letras del Trabajo, no autoriza al demandado para que lo excluya del Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, y menos configurar una causal de inhabilidad para contratar con organismos del estado o participar en una licitación.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el término de diez días a las partes de la gestión en que incide el requerimiento. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
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