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Modifica LOC del Congreso Nacional.

Senadores ingresan a trámite legislativo proyecto de ley que crea Comisión Bicameral que estudiará una nueva Carta Fundamental.

La moción de los senadores Bianchi, Cantero, Escalona, Lagos y Zaldívar expone que la aprobación del Proyecto de Acuerdo, que convino una Comisión Bicameral para el estudio y creación de una nueva Constitución, tiene por objeto dar una solución radical a los problemas que aquejan a nuestra sociedad, siendo indispensable adecuar su texto a la […]

9 de febrero de 2012

La moción de los senadores Bianchi, Cantero, Escalona, Lagos y Zaldívar expone que la aprobación del Proyecto de Acuerdo, que convino una Comisión Bicameral para el estudio y creación de una nueva Constitución, tiene por objeto dar una solución radical a los problemas que aquejan a nuestra sociedad, siendo indispensable adecuar su texto a la evolución que ha experimentado nuestro sistema político, económico y social. (Véase relacionado)

Observa luego que la iniciativa que se presenta modifica la Ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, para efectos de crear en ella la respectiva instancia de análisis y estudio.

En este sentido la moción propone modificar el artículo 4 de la precitada ley, a fin de que la Comisión se encuentre formada por 20 parlamentarios, integrada tanto por senadores como diputados. Cada comité elegirá a un representante y los demás serán seleccionados conforme a la representación que tengan en la Cámara. Asimismo, los parlamentarios electos, deberán elegir -por mayoría absoluta- al presidente de la Comisión. Por otra parte, para funcionar deberán concurrir al menos 10 de sus miembros e iniciará sus funciones dentro de los 30 días siguientes a la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.

A fin de que la instancia pueda avanzar y estudiar con mayor detención las materias en particular, podrán dividir su trabajo en subcomisiones, integradas por cinco miembros, que para sesionar requerirán un mínimo de 3 integrantes. En todo caso, será obligación convocar y oír, a los representantes de la o las instituciones públicas o privadas y organizaciones sociales que manifiesten su interés en dar a conocer su opinión a la comisión o subcomisión respectiva.

Finalmente, las demás normas de funcionamiento serán determinadas por la propia Comisión Bicameral.

 

Vea texto íntegro de la moción.

 

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