La Cámara de Diputados aprobó –con 91 votos a favor, 1 abstención y 4 en contra- el proyecto de ley, iniciado por mensaje, que regula la probidad pública y establece el fideicomiso. (Véase relacionado)
La iniciativa, impone a las autoridades y funcionarios de la Administración del Estado apegarse fielmente al principio de probidad, que consiste en “observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo con preeminencia del interés general sobre el particular”. Asimismo, impone a las autoridades que posean patrimonios elevados, “otorgar un mandato de administración discrecional de cartera de valores (fideicomiso ciego) y, en casos calificados, obliga a la enajenación forzosa de los activos”.
En el mismo sentido, deberán realizar una declaración de intereses propios y de su cónyuge, indicando detalladamente los bienes, rentas y actividades profesionales y económicas realizadas, la cual deberá estar dirigida al Presidente de la República y otras autoridades.
En el caso de no sujetarse estrictamente a lo expresado, la ley establece sanciones que comprende “sanciones de multas, suspensión temporal del cargo y la publicación del nombre de los infractores en los sitios electrónicos de la respectiva repartición pública”.
Finalmente, corresponderá ahora que el proyecto sea analizado en segundo trámite constitucional, por el Senado.
Vea texto íntegro del mensaje, informes, discusión y tramitación.
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