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Por eventual vulneración a la igual protección de la ley en ejercicio de los derechos.

TC deberá pronunciarse si admite a trámite requerimiento de inaplicabilidad que restringe posibilidad de entablar querella a heredero testamentario.

La gestión pendiente en que incide el requerimiento recae en una querella por homicidio calificado seguida ante el Segundo Juzgado de Garantía de Rengo, acción deducida por quienes invocaron su calidad de herederos de los hermanos de una de las víctimas directas del crimen. El Juzgado de Garantía declaró inadmisible la querella ya que los […]

23 de marzo de 2012

La gestión pendiente en que incide el requerimiento recae en una querella por homicidio calificado seguida ante el Segundo Juzgado de Garantía de Rengo, acción deducida por quienes invocaron su calidad de herederos de los hermanos de una de las víctimas directas del crimen. El Juzgado de Garantía declaró inadmisible la querella ya que los querellantes no tenían legitimidad activa para ejercer la acción, aplicando el precepto legal impugnado. Frente a esta decisión, los querellantes apelaron para ante la Corte de Apelaciones de Rancagua, la que confirmó la sentencia de primera instancia.

En cuanto a la manera en que la aplicación del precepto legal resulta contraria a la Constitución, el requerimiento sostuvo que se establece una discriminación arbitraria entre los herederos testamentarios y quienes no revisten esa calidad, siendo que no parece existir razón para privar el ejercicio de este derecho sólo por la circunstancia de que no exista testamento. Así mismo, sostuvo que la aplicación del precepto legal pugna con el derecho a la tutela judicial efectiva, el cual deriva del artículo 83 inciso segundo de la Constitución, en la medida que establece “el ofendido por el delito y las demás personas que determine la ley podrán ejercer igualmente la acción penal”.

La sala designada por el Presidente del TC tendrá que resolver si admite a trámite la impugnación, para luego pronunciarse sobre su admisibilidad. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 2203.

 

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* TC declaró inadmisible requerimiento de inaplicabilidad interpuesto por el Senador Prokurica en contra del artículo 111 del Código Procesal Penal…

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