El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el inciso tercero del artículo 5° transitorio de la Ley N° 19.585.
La gestión pendiente invocada incide en un proceso de reclamación de filiación referido a una persona fallecida con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley N° 19.585, seguido ante el Juzgado de Familia de Melipilla.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las partes de la gestión en que incide el requerimiento. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 2192.
RELACIONADOS