Se denunció ante la Contraloría General de la República a un Alcalde que habría intervenido como digitador en el proceso de elaboración y emisión de la Fichas de Protección Social de la comuna, lo que se estima como una intervención indebida por parte de una autoridad política.
El municipio informó que el Alcalde no había intervenido en dicha función, agregando que el Ministerio de Desarrollo Social había asignado una cantidad limitada de claves al municipio.
Practicada fiscalización en terreno por el organismo de control, se advirtió, entre otras cosas, la inexistencia de un procedimiento formal para asignación de identificadores, lo que constituye un incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28 del Decreto N° 83, de 2004, del MINSEGPRES, que aprueba la Norma Técnica para los Órganos de la Administración del Estado sobre Seguridad y Confidencialidad del Documento Electrónico. Asimismo, se comprobó que la Municipalidad había ordenado la instrucción de un procedimiento disciplinario para determinar eventuales responsabilidades administrativas y se concluyó, en dicha visita, que no existían antecedentes que comprobaran la participación del Alcalde. Finalmente, se ordenó al municipio finalizar en breve tiempo el sumario iniciado, debiendo remitirse el expediente sumarial a la Entidad Fiscalizadora para su revisión.
Ver texto íntegro del dictamen.
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