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Primera sala.

TC deberá pronunciarse si admite a trámite requerimiento de inaplicabilidad que impugna norma sobre tope de 66 UF para el pago de subsidio post natal.

La gestión judicial invocada incide en un proceso de protección, del cual conoce actualmente la Corte de Apelaciones de Santiago, el cual se dirige en contra de la Corporación Administrativa del Poder Judicial por haber comunicado a las actoras que el subsidio de su descanso post natal se encuentra afecto a tope, bajando de casi […]

27 de abril de 2012

La gestión judicial invocada incide en un proceso de protección, del cual conoce actualmente la Corte de Apelaciones de Santiago, el cual se dirige en contra de la Corporación Administrativa del Poder Judicial por haber comunicado a las actoras que el subsidio de su descanso post natal se encuentra afecto a tope, bajando de casi 3 millones a 890 mil pesos. Cabe señalar que la Corte de Santiago ha dictado sentencia definitiva rechazando en primera instancia las tutelas demandadas.

El requirente de inaplicabilidad estima que de aplicarse el precepto impugnado se vulneran sus garantías constitucionales, en específico, las de las integridad física y síquica, de la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad.

La sala designada por el Presidente del TC tendrá que resolver si admite a trámite la impugnación, para luego pronunciarse sobre su admisibilidad. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

Ver el texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 2211.

 

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