El proyecto de ley, iniciado por mensaje, expone que “las comunas mineras de nuestro país merecen un especial reconocimiento en virtud del fundamental aporte que han realizado al desarrollo económico y social de nuestra Nación”, para lo cual se deben destinar nuevos recursos para contribuir en dicha labor, fomentando la descentralización comunal e impulsando espacios de autonomía comunal.
Observa luego que al destinar nuevos recursos fiscales a los gobiernos locales, verán beneficiadas a las regiones donde se desarrolla el 98% de la actividad minera nacional, medido según los datos del PIB del año 2010.
A tales fines, propone crear un “Fondo de Desarrollo del Norte y de las Comunas Mineras de Chile”, “cuyos recursos se aplicarán al financiamiento de proyectos y obras de inversión destinadas al desarrollo de las comunas mineras del país de acuerdo a lo establecido en la presente ley” que se propone, los cuales beneficien a las “comunas mineras” definiéndolas como “aquellas que, estando ubicadas en una región minera, cumplen con el requisito de que los giros provenientes de patentes de amparo de concesiones mineras, a que se refieren los párrafos 1° y 2° del Título X del Código de Minería, representen al menos un 2,5 por ciento de sus ingresos propios permanentes”. En el mismo sentido, aclara que “región minera” se refiere a “aquellas cuyo indicador de importancia de la actividad minera sea superior a 2,5 por ciento”.
En cuanto al monto del fondo, asciende a US $ 225.450.000.- por un plazo de 13 años contados desde el año 2013 al año 2025, inclusive, y repartiéndose anualmente para tales efectos la suma de US $ 16.700.000 entre los municipios mineros. Lo anterior sumando a otros aportes que reciba dentro de su período de vigencia y con las donaciones de particulares, las que estarán exentas de insinuación judicial.
A su turno, especifica los criterios de distribución, operación y las condiciones del Fondo, en particular, debiendo cumplir con una evaluación técnica económica. Asimismo, señala el tipo de proyecto o programa de inversión a financiar y la imposición de la obligación de rendir cuentas e informe sobre el uso de recursos del fondo.
Vea texto íntegro del mensaje.
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