La moción de los diputados Ascencio, Auth, Baltolu, Goic, Gutiérrez, Isasi, Marinovic, Rojas y Vargas, expone que “la Ley 20.058 de 26 de septiembre de 2005 estableció que los trabajadores que presten servicios”, en la “zona extrema sur de nuestro país”, tendrán derecho a un feriado anual de 20 días hábiles, ello en consideración a las condiciones de trabajo de la región y los costos asociados a la lejanía de los centros vacacionales tradicionales.
Observa luego que se excluye a la zona extremo norte, por lo que se “las privó de un derecho, que al alero de las políticas de estado debe ser entregado a toda región que ostente la posición y calidad de ZONAS EXTREMAS de Chile”.
Con el objeto de lograr una mayor “equidad y en respuesta a los requerimientos y especial tratamiento que los trabajadores de las zonas extremas norte de nuestro país necesitan, requieren y por derecho merecen”, proponen enmendar el inciso segundo del artículo 67 del Código del Trabajo, de manera tal que les otorgue el precitado derecho a las zonas de «Decimoquinta Región de Arica y Parinacota, en la Primera Región de Tarapacá” y “en la Provincia de Tocopilla”.
Vea texto íntegro de la moción.
RELACIONADO