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Reforma constitucional.

Senadores proponen crear Alcaldía Metropolitana en las comunas que indica y establece un Consejo Mayor.

“no existe institucionalidad alguna a escala metropolitana intercomunal”, lo que implica “la fragmentación de los espacios de decisión” favorezca formas inorgánicas que reducen las políticas urbanas.

8 de junio de 2012

El proyecto de reforma constitucional, iniciado por moción, de los senadores Alvear y Frei, expone que existen innumerables autoridades que “intervienen en la administración de las ciudades, que no necesariamente dirigen su accionar como un todo integrado y estratégico para lograr ciudades sustentables e integradas”. En efecto, “no existe institucionalidad alguna a escala metropolitana intercomunal”, lo que implica “la fragmentación de los espacios de decisión” favorezca formas inorgánicas que reducen las políticas urbanas.
Observa luego que “se requiere de una instancia a nivel metropolitano que pueda asumir el rol de autoridad coordinadora multinivel y multisectorial con capacidad de proyectar, articular y dirigir políticas y proyectos a nivel intercomunal, a través de una planificación estratégica con visión de largo plazo”, esto es “crear una estructura institucional que aborde la dirección de la política de desarrollo urbano de las áreas metropolitanas en nuestro país, entendidas éstas como las aglomeraciones intercomunales con una población superior al millón de habitantes”.
A tales fines, proponen introducir enmiendas al artículo 123 de la Constitución Política, sustituyendo el actual inciso segundo y consignando expresamente que «tratándose de las áreas metropolitanas de Santiago, Valparaíso – Viña del Mar- Con Con, Concepción – Talcahuano – Hualpén – San Pedro, existirá una Alcaldía Metropolitana encargada de la dirección y coordinación de la administración local intercomunal”. En un nuevo inciso tercero, establecer que  la precitada Alcaldía “está constituida por un Alcalde Mayor, que la preside, y un Consejo Mayor conformado por los alcaldes de las municipalidades que integran el área metropolitana respectiva”. Por último, en un inciso cuarto, encarga a una ley “definir cuáles son las municipalidades comprendidas en las tres áreas metropolitanas a que se refiere el segundo inciso de este artículo”, asimismo “determinará la forma en que se elegirá el alcalde mayor, sus facultades, las atribuciones del Consejo mayor, así como las materias de planificación urbana, transporte y vialidad, protección ambiental y otras de administración intercomunal que serán de competencia de la Alcaldía Metropolitana».
En la instancia, la senadora Soledad Alvear enfatizó en que “hay temas que exceden las responsabilidades de una comuna y sus alcaldes; que deben verse con una perspectiva integral, como por ejemplo los vertederos, cementerios, transporte público, planificación urbana”, en particular “caminos o veredas, que muchas veces quedan a medio terminar porque cruzan más de una comuna», lo que incide en la calidad de vida de las personas.
A su turno, el senador Eduardo Frei, destacó la importancia del proyecto y adelantó que «la próxima semana se va a empezar a discutir el subsidio para el Transantiago, que tiene un impacto económico importante”, lo que configura un “tema significativo para cualquier gran ciudad y que debería estar a cargo del alcalde mayor como en los grandes centros urbanos del mundo”.

Vea texto íntegro de la moción.

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