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Reforma constitucional.

Diputados proponen regular la elección de Diputados y Senadores, determinar la forma de fijar distritos y circunscripciones electorales y el sistema electoral.

“lo que torna absolutamente inviable, para cualquier gobierno, ejecutar los programas que expusieron a la ciudadanía para ser electos”.

30 de julio de 2012

La moción de los diputados Araya, Browne, Burgos, Carmona, Díaz, Harboe, Meza, Monckeberg, Montes y Saffirio Espinoza, expone que “la baja afectación que la ciudadanía muestra respecto del Congreso Nacional” está “basada principalmente en la falta de representatividad de sus integrantes motivados por un sistema electoral vigente que impide el legítimo ejercicio del juego entre mayorías y minorías”. En tanto, “tradicionalmente en nuestro ordenamiento constitucional se le ha entregado a la ley común la regulación de la composición y forma de elección de ambas ramas del Congreso Nacional”, siendo la Carta Fundamental del año 1980 quien se aparta de dicha lógica, hasta que su reforma del año 2005,  se “dispuso la eliminación de los senadores designados y vitalicios y, por otro lado, entregó a la ley orgánica constitucional respectiva el determinar el número de senadores, las circunscripciones senatoriales y la forma de su elección”.
Observa luego que además existe un elevado quórum en la Constitución para las leyes, “lo que torna absolutamente inviable, para cualquier gobierno, ejecutar los programas que expusieron a la ciudadanía para ser electos”.
Con el objeto de corregir las desigualdades expuestas, es que proponen introducir diversas enmiendas en la Constitución de manera tal que se sustituya el inciso primero del artículo 47, donde los Diputados serán elegidos en votación directa por los distritos electorales, encargando a la ley orgánica constitucional respectiva el determinar “el número de diputados, los distritos electorales y la forma de su elección.»
A su turno, en cuanto a los quórum de la ley orgánica constitucional y ley de quórum calificado, modifica el artículo 66, señalando que estas requerirán para “para su aprobación, modificación o derogación, de la mayoría de los diputados y senadores en ejercicio”, pero manteniendo respecto de las primeras, el control obligatorio de constitucionalidad.
Por último, pretenden reemplazar la disposición transitoria decimotercera, para que disponga “mientras no se modifique la ley orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios, la Cámara de Diputados y el Senado estarán integradas por el número de diputados y senadores elegidos conforme a los distritos y circunscripciones que fijan los artículos 178, 179, 180 y 181 de dicha ley.».

Vea texto íntegro de la moción.

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