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Reforma constitucional.

Presentan iniciativa que establece normas sobre participación y la representación política de los Pueblos Indígenas.

«el Estado reconoce la existencia de los Pueblos Indígenas, descendientes y continuadores históricos de las sociedades prehispánicas que se desarrollaron en el territorio sobre el que actualmente ejerce soberanía”

1 de agosto de 2012

El proyecto de reforma constitucional, iniciado por moción de los diputados Arenas, Auth, Chahín, De Urresti,  Jaramillo, Meza, Monckeberg, Teillier, Tuma y  Vargas, expone que uno de los mayores desafíos que tiene el Estado y la Sociedad Chilena cuando cumplimos 200 años de vida republicana e independiente es hacerse cargo del conflicto ético, político, social y jurídico que surgió desde los orígenes con los Pueblos Indígenas de Chile. En tanto, “la única manera de superar los conflictos graves y profundos que socavan la convivencia de las naciones, es habilitando la memoria, recuperando la historia y adoptando las decisiones de reparación moral, jurídica, política y económica que corresponden en proporción al daño causado”, estacando los múltiples esfuerzos que se han realizado para la consecución de dichos fines.
Observa luego que, sin perjuicio de lo anterior “la agudización del conflicto mapuche ha demostrado de manera indesmentible la necesidad que tenemos como Estado de contar con un sistema político que asegure la presencia de representantes de las etnias en las instancias de decisión política y administrativa”.
Con el objeto de subsanar tal situación y llenar un vacío de nuestra legislación que aun no se adecua a los nuevos estándares de la Comunidad Jurídica Internacional en la materia, es que proponen realizar una serie de modificaciones en la Carta Fundamental, de manera tal que se establezca en forma expresa que «el Estado reconoce la existencia de los Pueblos Indígenas, descendientes y continuadores históricos de las sociedades prehispánicas que se desarrollaron en el territorio sobre el que actualmente ejerce soberanía”, donde será “deber del Estado garantizar la preservación de la diversidad étnico cultural de la nación, el ejercicio de la cultura y la identidad de los Pueblos Indígenas, con pleno respeto de la autonomía de sus miembros”, declarando asimismo que “el Estado reconoce y garantiza el ejercicio de los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas, su representación política y su participación efectiva en las decisiones que los distintos órganos de la Administración adopten” referidos a tales derechos.
En cuanto a su representación en la Cámara Baja, se generarían 10 miembros “que serán elegidos por los pueblos indígenas en elecciones simultáneas a las parlamentarias. Uno de ellos será electo por el pueblo Rapa Nui; cuatro por los pueblos Aymara, Quechua, Atacameño, Coya y Diaguita y cinco por el pueblo Mapuche, Kawashkar y Yámana, de conformidad a lo dispuesto en la ley orgánica constitucional respectiva”. En tanto, dichos representantes deberán además acreditar ser parte del Pueblo Indígena que se representa. En el mismo sentido, en el caso de su representación en la Cámara Alta, agregarían 4 senadores que serán electos por el pueblo indígena en elecciones simultáneas a las parlamentarias, renovando su mandato cada 4 años.
Por último, en los consejos regionales buscan introducir consejeros regionales representantes de los pueblos indígenas, con idénticas atribuciones a los demás consejeros, entre otras enmiendas que el proyecto de reforma constitucional consulta.

Vea texto íntegro de la moción.

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