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Modifica Ley N° 19.418.

Senador pretende incorporar una nueva causal de cesación del cargo de dirigente de junta de vecinos y demás organizaciones comunitarias funcionales.

“no podrán perseguir fines de lucro y deberán respetar la libertad religiosa y política de sus integrantes, quedando prohibida toda acción proselitista por parte de dicha organizaciones en tales materias”

10 de agosto de 2012

El senador Francisco Chahuán ingresó a trámite una moción en la cual destaca que el legislador entiende por juntas de vecinos como “organizaciones comunitarias de carácter territorial representativas de las personas que residen en una misma unidad vecinal, y cuyo objeto es proveer el desarrollo de la comunidad, defender los intereses y velar por los derechos de los vecinos y colaborar con las autoridades del Estado y de las municipalidades”.
A su turno, estas “no podrán perseguir fines de lucro y deberán respetar la libertad religiosa y política de sus integrantes, quedando prohibida toda acción proselitista por parte de dicha organizaciones en tales materias”, sancionando sólo a los funcionarios públicos, que abusando de su poder, infrinjan dicha prohibición. En tanto, ello no alcanza a quienes ejercen el cargo de dirigentes de las juntas de vecinos y organizaciones comunitarias, ni tampoco contempla una hipótesis que es necesario incorporar.
A tales fines, propone modificar el artículo 24 de la Ley N°19.418, incorporando como una nueva causal de cesación del cargo de dirigente de junta de vecinos  demás organizaciones comunitarias funcionales el hecho de “percibir, en su calidad de director, prestaciones económicas de cualquier naturaleza, de parte de las respectivas municipalidades y organismos relacionados con dichas corporaciones”.

Vea texto íntegro de la moción.

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