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No se cumple con la triple identidad.

CS desestimó recursos de casación en la forma y fondo contra sentencia que condenó a psicóloga por ejercicio ilegal de la profesión.

«se advierte que si bien existe identidad en cuanto a la persona imputada, no puede decirse lo mismo en relación a los hechos materia de los procesos, ni hay constancia siquiera que haya recaído sentencia de término en el juicio que sirve de base a la cosa juzgada que se reclama, pues lo único que se ha esgrimido es la indicada resolución del tribunal de alzada cuya naturaleza difiere de la que exige la alegación de que se trata”.

11 de septiembre de 2012

Se dedujo recurso de casación en la forma y en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago (Véase relacionado) que confirmó la condena a una psicóloga a la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo y al pago de una multa de seis unidades tributarias mensuales, en su calidad de autora del delito de ejercicio ilegal de la profesión, sancionado en el artículo 213 inciso 1° del Código Penal, ejecutado en la ciudad de Santiago entre el año 1997 y el 11 de junio de 2002.
La Corte Suprema desestimó los arbitrios procesales, para lo cual tuvo presente que “que en el caso en estudio, se alega la existencia de cosa juzgada entre lo decidido en este expediente y lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Santiago al revocar una auto de procesamiento por el delito de falso testimonio en causa criminal. Claramente se advierte que si bien existe identidad en cuanto a la persona imputada, no puede decirse lo mismo en relación a los hechos materia de los procesos, ni hay constancia siquiera que haya recaído sentencia de término en el juicio que sirve de base a la cosa juzgada que se reclama, pues lo único que se ha esgrimido es la indicada resolución del tribunal de alzada cuya naturaleza difiere de la que exige la alegación de que se trata”.

Vea texto íntegro de la sentencia.

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