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Segunda sala.

TC se pronunciará sobre la admisibilidad de requerimientos de inaplicabilidad que impugnan normas del D.L. 2695, sobre regularización de la posesión de la pequeña propiedad raíz.

El TC admitió a trámite dos requerimientos en los que se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, lo dispuesto en los artículos 2, 11, 12, 15, 16, 18, 19, 20, 26 y 28 del Decreto Ley Nº 2.695, de 1979, que fija normas para regularizar la posesión de la pequeña propiedad raíz y para la constitución […]

11 de septiembre de 2012

El TC admitió a trámite dos requerimientos en los que se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, lo dispuesto en los artículos 2, 11, 12, 15, 16, 18, 19, 20, 26 y 28 del Decreto Ley Nº 2.695, de 1979, que fija normas para regularizar la posesión de la pequeña propiedad raíz y para la constitución del dominio sobre ella.
En el caso del requerimiento Rol N° 2297, la gestión judicial invocada incide en recursos de casación en la forma y en el fondo, pendientes de resolución ante la Corte de Apelaciones de Santiago, interpuestos en el marco de un juicio de nulidad de derecho público respecto de las resoluciones del SEREMI de Bienes Nacionales de la Región de Atacama que ordenaron inscribir un inmueble a nombre de peticionario en virtud del procedimiento establecido en el D.L. 2695. En el caso del requerimiento Rol N° 2298, la gestión judicial pendiente incide en una demanda de reivindicación, ventilada ante el 22° Juzgado Civil de Santiago, fundada en que los demandantes habrían adquirido la prescripción en virtud de lo dispuesto en el D.L. 2695.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad de los requerimientos, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las partes individualizados en los certificados acompañados en autos. En el caso que se declaren admisibles, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de las impugnaciones.

Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 2297.
Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 2298.

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