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Otorga garantías a clientes.

Diputados pretenden establecer responsabilidad de los bancos en casos de fraude.

«lo lógico es que la responsabilidad de la restitución de lo defraudado sea del banco, sin perjuicio de su derecho a repetir contra los autores del ilícito».

13 de septiembre de 2012

La moción de los diputados Espinosa, Jarpa, Meza, Ortiz, Pérez, Robles, Sabag y Torres, expone que  es preocupante la forma en que delincuentes logran vulnerar la seguridad de las tarjetas bancarias, en particular considerando que las instituciones financieras se desentiendan de su responsabilidad traspasando el deber de resguardo a sus clientes mediante seguros que implican un costo asociado adicional al ya soportado por mantener la cuenta, unido al pago de otros impuestos.
Observa luego que en lo anterior se acentúa si consideramos que se está pagando por un servicio de depósito y custodia de valores totalmente vulnerable. En efecto, estima que lo lógico es que la responsabilidad de la restitución de lo defraudado sea del banco, sin perjuicio de su derecho a repetir contra los autores del ilícito.
Con el objeto de resguardar a los chilenos frente a esta clase de delitos, pretenden modificar el Decreto con Fuerza de Ley N°707, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques, de manera tal de consignar expresamente que en el caso del cobro por mantención que deben pagar los clientes de cuentas corriente y sus productos asociados,  deberá contemplar la contratación de seguros contra fraudes financieros sin que ello signifique un aumento en la tarifa pactada en el contrato de apertura.

Vea texto íntegro de la moción.

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