Por extemporáneo.
CPLT declaró inadmisible amparo en contra SEREMI de Bienes Nacionales de la Región de Aysén.
"el recurrente puede ejercer nuevamente su solicitud ante la SEREMI de Bienes Nacionales de la Región de Aysén, cumpliendo con las disposiciones de la Ley de Transparencia".

Se dedujo amparo de acceso a la información, en contra la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de Aysén, por no recibir respuesta –en el plazo legal- de la solicitud para que se informará sobre “la gestión de su petición de arrendamiento de inmuebles fiscal colindante con su propiedad de uso ganadero, ubicado entre el sector El Salto y El Fraile”. El CPLT, resolvió que en conformidad a la Ley N° 20.285, el plazo para interponer el amparo ante este órgano, es “de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la denegación de acceso a la información o desde que haya expirado el plazo previsto para la entrega de la misma”. En este contexto, el Consejo con los antecedentes presentados por el reclamante, decidió declararlo extemporáneo por interponer su solicitud con 6 días de retraso, y por tanto no puede admitirse a tramitación, declarando su inadmisibilidad, sin perjuicio que el recurrente puede ejercer nuevamente su solicitud ante la SEREMI de Bienes Nacionales de la Región de Aysén, cumpliendo con las disposiciones de la Ley de Transparencia.
Vea texto íntegro de la decisión.
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