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Por no constar requerimiento de información.

CPLT declaró inadmisible reclamo de amparo de acceso a la información en contra de la Municipalidad de Quinta Normal.

«no se acreditó por el requirente haberse recepcionado la solicitud de información en el órgano requerido»

19 de diciembre de 2012

Se dedujo amparo de acceso a la información pública en contra de la Municipalidad de Quinta Normal. Lo anterior, por no haber obtenido respuesta a su solicitud de Copia de los proyectos de pavimentación tanto de las calles de la comuna en general como de las veredas, para los años 2011 y 2012;  copia, en el caso que exista, de los proyectos de pavimentación de la calle General Barbosa; y copia de los presupuestos de los mismos para los años 2011 y 2012.
Al momento del examen de admisibilidad, el Consejo para la Transparencia arribó a la convicción de que no se acreditó por el requirente haberse recepcionado la solicitud de información en el órgano requerido, solicitando entonces subsanar tal defecto, para dar curso al presente amparo, lo que no sucedió en la especie, por lo que se declara inadmisible, al tenor de lo dispuesto en los artículos 12 y 24 de la Ley de Transparencia y el artículo 46 de su Reglamento.

Vea texto íntegro de la decisión.

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