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Tercera sala.

CS desestimó recurso de protección contra Carabineros de Chile que dispuso la baja de funcionario.

“los antecedentes tenidos a la vista, constata que durante el transcurso de la investigación nunca se puso en duda que el suceso ocurrió el 25 de marzo de 2.012. En verdad, no se divisa de qué manera pudiera haberse producido una confusión, por la mera circunstancia de un error de referencia como el que da pábulo a la cautela. Los protagonistas del accidente y el contexto en que se lo sitúa, exhiben coherencia y concordancia en cuanto a todos sus referentes, incluso la fecha”.

26 de diciembre de 2012

Se dedujo recurso de protección por parte de un Carabinero contra un acto administrativo pronunciado por el Prefecto de Arica de Carabineros de Chile, por medio del cual se dispuso la baja de las filas de la institución del recurrente.
La Corte de Apelaciones de Arica acogió el arbitrio constitucional ordenando nueva vista del Fiscal del respectivo sumario.
La Corte Suprema revocó la sentencia en alzada, para lo cual consideró que al examinar “los antecedentes tenidos a la vista, constata que durante el transcurso de la investigación nunca se puso en duda que el suceso ocurrió el 25 de marzo de 2.012. En verdad, no se divisa de qué manera pudiera haberse producido una confusión, por la mera circunstancia de un error de referencia como el que da pábulo a la cautela. Los protagonistas del accidente y el contexto en que se lo sitúa, exhiben coherencia y concordancia en cuanto a todos sus referentes, incluso la fecha”.

Ver texto íntegro de la resolución.

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