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Aumento de indemnización.

CS desestima casación en la forma y reafirma responsabilidad por accidente en pruebas de admisión a Escuela de Carabineros.

“expresaron los razonamientos que justificaban el aumento de la indemnización fijada en primera instancia, señalando los antecedentes que ameritaban adoptar tal determinación y, por consiguiente, no es posible esgrimir que esta decisión carece de motivaciones”.

17 de abril de 2013

Se dedujo recurso de casación en la forma en contra de una sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca que, confirmando la de primer grado, acogió una acción de indemnización por falta de servicio en contra del fisco, aumentando los montos a pagar por los daños físicos sufridos por un postulante a la Escuela de Carabineros durante los exámenes de admisión.
En el arbitrio de nulidad formal se alega la falta de fundamentación suficiente, por cuanto sin justificarlo se aumentaron los montos de la condena.
La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en la forma, para lo cual estimó que “el demandante impugnó el monto indemnizatorio regulado por el juez a quo, el que estimó exiguo para resarcir el daño moral sufrido, y acogiendo este planteamiento los jueces de segundo grado resuelven aumentar la suma ordenada pagar para tal objeto, “teniendo presente la entidad de los daños sufridos por éste, conforme a lo que se expresa en los motivos cuarto y décimo tercero del fallo que se revisa, de los que aparece que aquél salvó con vida gracias a la intervención de un tercero, y los daños que lo afectaron, obviamente, inciden en su proyecto de vida, al dañar gravemente sus capacidades físicas, intelectuales, sociales y personales de todo orden (…).
Por otra parte, declaró que “el tribunal de alzada establece que la prueba de velocidad, a la que fue sometido el actor, transgredía gravemente las propias indicaciones que impartía el Manual de Procedimiento de Selección y Reclutamiento de Personal de Carabineros de Chile acerca de la manera en que debía ejecutarse dicho examen físico. Tales deficiencias consistieron básicamente en la ausencia de un profesor o monitor de Educación Física que supervisara el test de velocidad y que hubiera podido advertir los riesgos que generaba para cualquier participante la corta distancia existente entre la meta y un muro de concreto” y que “que el accidente que sufrió el demandante al estrellarse contra el muro pudo ser fatal de no mediar la intervención de un dependiente del Gimnasio Municipal quien logró extraerle un coagulo de sangre que tenía en la boca, lo cual permitió mantenerlo con vida hasta que llegó la ambulancia”.
De tal forma, se concluye que los sentenciadores “expresaron los razonamientos que justificaban el aumento de la indemnización fijada en primera instancia, señalando los antecedentes que ameritaban adoptar tal determinación y, por consiguiente, no es posible esgrimir que esta decisión carece de motivaciones”.

Vea texto íntegro de la sentencia.

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