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Por irregularidades al fiscalizar el lucro.

Senado aprobó Acusación Constitucional contra el Ministro Beyer.

«Esta declaración de culpabilidad acarrea como consecuencia para el Secretario de Estado la destitución de su cargo junto a la inhabilitación para desempeñar una función pública, sea o no de elección popular, por el término de 5 años».

18 de abril de 2013

Conforme lo establece la Carta Fundamental, una vez que la Cámara de Diputados hace lugar a una Acusación Constitucional, corresponde al Senado resolver como jurado, para declarar si la autoridad es o no culpable del delito, infracción o abuso de poder que se le imputa. Tal declaración requiere, en este caso, reunir un quórum de la mayoría de los senadores en ejercicio.
El día de ayer, tras un amplio debate, el Senado aprobó –por 20 votos a favor y 18 en contra- el tercer capítulo de la Acusación Constitucional en contra del Ministro de Educación, Harald Beyer.
Cabe destacar que el libelo acusatorio estaba compuesto por otros dos capítulos. En lo que concierne al primero, relativo a la infracción al principio de probidad, fue rechazado por 13 votos a favor y 25 en contra. Mientras que el segundo, referido a no ejercer un control jerárquico permanente sobre los órganos sometidos a su dependencia -División de Educación Superior y Servicio de Información de la Educación-, tampoco logró el quórum requerido, al obtener 10 votos a favor y 28 en contra.
En la oportunidad, el voto decisivo fue del senador Carlos Bianchi, quien argumentó haber “llegado a la convicción que el ministro se ha inhibido de cumplir las leyes». Luego de revelarse los resultados, el ex Ministro Beyer manifestó su profundo pesar por la decisión, no obstante aseguró que continuará trabajando por la educación del país. Asimismo, destacó la gestión de su cartera y los avances en la materia.
Esta declaración de culpabilidad acarrea como consecuencia para el Secretario de Estado la destitución de su cargo junto a la inhabilitación para desempeñar una función pública, sea o no de elección popular, por el término de 5 años.
Por último, los antecedentes serán remitidos al tribunal competente para que el acusado sea juzgado conforme a las leyes, y así determinar su responsabilidad civil y penal, si la hubiere.

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