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Reforma Constitucional.

Senadores proponen exigir al Estado eliminar los obstáculos que impidan el pleno desarrollo de las personas.

«la discriminación positiva es parte de la igualdad ante la ley, derecho que debe considerar la situación de las personas que por una determinada circunstancia se encuentran en desventaja».

19 de abril de 2013

El proyecto de reforma constitucional, iniciado por moción de los senadores Gómez, Letelier y Walker, expone que la Carta Fundamental consagra el principio de igualdad, al mismo tiempo que se impone un deber al Estado en el sentido de promover y asegurar el derecho de oportunidad en igualdad de condiciones.
Observa luego que se ha entendido que la discriminación positiva es parte de la igualdad ante la ley, derecho que debe considerar la situación de las personas que por una determinada circunstancia se encuentran en desventaja.
A fin de incorporar en el precitado principio la discriminación positiva, propone incorporar un inciso en el artículo 19 numeral 2° la Constitución Política –que consagra el derecho a la igualdad ante la ley- de manera tal que se establezca expresamente que “constituye una obligación del Estado eliminar los obstáculos de cualquier índole que, limitando de hecho la igualdad y la libertad, impidan el pleno desarrollo de la persona”. En miras a tales fines, el Estado “deberá promover medidas de acción afirmativa para garantizar el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en los Tratados Internacionales que se que se encuentren vigentes y estén ratificados por Chile, por esta Constitución y las leyes.”.
Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Senado.

Vea texto íntegro de la moción.

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