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Segunda Sala.

TC se pronunciará sobre la admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma sobre montepío para el personal de las Fuerzas Armadas.

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el numeral 2° del artículo 202 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 1968, que establece el Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas.La gestión pendiente invocada, recae en un recurso de casación en el fondo presentado en contra la sentencia de […]

29 de abril de 2013

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el numeral 2° del artículo 202 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 1968, que establece el Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas.
La gestión pendiente invocada, recae en un recurso de casación en el fondo presentado en contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que revocó la demanda interpuesta en contra el Fisco de Chile, por estimar que “no es procedente que la actora reciba la pensión que pretende, pues al momento de fallecer el causante, su padre, la demandante se encontraba casada y, por consiguiente, no le asistía este derecho”, en conformidad al precitado artículo del DFL.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de la gestión invocada. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

Vea texto íntegro del requerimiento y expediente N° 2439.

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