Control obligatorio.
TC deberá pronunciarse acerca de la constitucionalidad del proyecto que propone elección directa de los CORES.
La iniciativa tiene por objeto dar cumplimiento al mandato de la Carta Fundamental, en su artículo 119, que señala, en lo pertinente, lo siguiente: “El consejo regional estará integrado por consejeros elegidos por sufragio universal en votación directa, de conformidad con la ley orgánica constitucional respectiva”.

La Cámara de Diputados remitió al TC la iniciativa del Ejecutivo que establece la elección directa de los Consejeros Regionales, a objeto que cumpla el control obligatorio de constitucionalidad respecto de la totalidad del proyecto.
Para tales fines modifica la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; la Ley N° 19.884 sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral y en último lugar hace mención a su financiamiento.
Así, precisa que las elecciones de los CORES se efectuarán cada 4 años, conjuntamente con las elecciones parlamentarias, durarán cuatro años en el cargo y podrán ser reelegidos.
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Con disidencia.
TC rechazó inaplicabilidades que impugnaban norma del Código Tributario sobre notificación especial de impuesto territorial.

Preceptos no son propios de LOC.
TC no emitió pronunciamiento acerca de la constitucionalidad del proyecto de ley que renueva y modifica el procedimiento de regularización de ampliaciones de viviendas sociales.

Segunda sala.
TC deberá resolver si admite a trámite requerimiento de inaplicabilidad que impugna la expresión “y el que antecede” contenida en norma de la Ley de Expropiaciones.

