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CGR desestimó presuntas irregularidades en sumario administrativo incoado por el Registro Civil

En el marco del examen de legalidad de una resolución del Registro Civil e Identificación -que aprueba un sumario administrativo que aplica la sanción de destitución a unos funcionarios y la absolución de otros- se solicitó un pronunciamiento al Contralor General de la República acerca de supuestas irregularidades en la instrucción del mismo.

30 de mayo de 2013

En el marco del examen de legalidad de una resolución del Registro Civil e Identificación -que aprueba un sumario administrativo que aplica la sanción de destitución a unos funcionarios y la absolución de otros- se solicitó un pronunciamiento al Contralor General de la República acerca de supuestas irregularidades en la instrucción del mismo. Como cuestión previa, el Contralor precisó que el sumario “fue ordenado instruir con la finalidad de determinar las causas, circunstancias y participación de los aludidos servidores, en el desarrollo de actividades económicas incompatibles con la exclusividad impuesta a sus labores por la ley N° 19.863”. Respecto de la denuncia de una presunta inhabilidad que afectaría al fiscal del sumario, el dictamen precisa que tal alegación es extemporánea y no vulnera el debido proceso. Luego comprueba que tampoco el fiscal emitió juicio de valor sobre los hechos en cuestión, por lo que no se advierte alguna conducta a la que pueda atribuirse falta de imparcialidad u objetividad. Finalmente, en cuanto a la negativa del investigador en acceder a las diligencias probatorias solicitadas recurre a su jurisprudencia administrativa, para precisar “que aquél deberá asentir a su realización si ellas resultan útiles, pertinentes y plausibles para esclarecer los hechos que han sido objeto de la investigación”, así como “para determinar el grado de responsabilidad que en ellos cabe al inculpado”, por tanto, “puede denegar las que no reúnan esas condiciones”. En virtud de lo expuesto, el órgano fiscalizador concluye que “se procuraron todas las instancias legales a fin de asegurar la debida defensa de los inculpados, acreditándose la responsabilidad administrativa de quienes se sanciona en los hechos imputados, respetándose, en definitiva, la garantía de un justo y racional procedimiento”.

 Vea texto íntegro del dictamen N° 30.365.

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