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A propósito del sistema binominal

Senado recuerda la evolución de los sistemas electorales de Chile.

En el marco de la discusión para reformar el sistema binominal, el Senado decidió publicar un atractivo recorrido a través de los sistemas electorales que arroja la historia institucional chilena

17 de julio de 2013

En el marco de la discusión para reformar el sistema binominal, el Senado decidió publicar un atractivo recorrido a través de los sistemas electorales que arroja la historia institucional chilena. En ese sentido, hasta antes de la Guerra Civil de 1891 existe una fuerte tendencia a asociar a los senadores a determinadas zonas geográficas según su número de habitantes. Esta situación sólo se exceptuó en el periodo de 1834 y 1837, donde no se eligieron senadores con zonas de representación por lo que se podría decir que fueron una especie de senadores nacionales. Por otro lado, Santiago siempre concentró el número de representantes, pero a lo largo del siglo XIX hay regiones que pasan de tener 1 a 2 e incluso hasta 3 representantes debido a la importancia económica y social que ostentan, o bien, la van perdiendo según sea el caso. Luego, se agrega, el Primer Congreso Nacional instalado el 4 de julio de 1811 contó con 42 diputados electos en un procedimiento que incluyó mucha agitación previa entre los grupos realistas fieles al reinado de Fernando VII, los moderados y los que anhelaban abiertamente una independencia de España. Finalmente, las elecciones para el nuevo Congreso Nacional, se realizaron el 6 de mayo de 1811, inicialmente este cuerpo legislativo iba a estar compuesto por 36 diputados, pero su número se incrementó en 6, debido a que el Cabildo de Santiago reclamó el derecho a tener 12 representantes, en atención al mayor número de habitantes que el resto de las circunscripciones. En torno al primer Senado, se indica que tras unos meses de confusión y cierta inacción del Congreso por las reyertas de la Patria Vieja, José Miguel Carrera dicta el Reglamento Constitucional Provisorio de 1812. Este Primer Senado funcionó entre el 10 de noviembre de 1812 y hasta enero de 1814 y estuvo conformado por siete senadores propietarios, que no representaban zonas geográficas. Respecto al Senado Consultivo se expone en la publicación que tras el inicio de la Guerra de Independencia de Chile se promulgó el Reglamento para el Gobierno Provisorio de 1814. Este Congreso conformado por siete senadores, que no representaban zonas geográficas funcionó entre marzo y julio de 1814. Posteriormente, en 1818, durante el Gobierno de Bernardo O'Higgins se reinaugura el Congreso, de manera unicameral con un Senado Conservador, conformado por cinco senadores propietarios y cinco senadores suplentes, principalmente designados de confianza del Director Supremo. En cuanto a la Corte de Representantes, el Consejo de Estado y el Congreso de Plenipotenciarios, se aduce que, en medio de la crisis política de 1822, Bernardo O'Higgins redacta la Constitución Política del Estado de Chile que, por primera vez, instauró el sistema de Congreso Bicameral. Así, entre el 30 de enero de 1823 y marzo de 1823 se constituyó un Consejo de Estado conformado por 13 consejeros. Luego, entre el 30 de marzo y el 4 de abril de 1823 se delegaron los poderes legislativos a un Congreso de Plenipotenciarios, conformado por tres plenipotenciarios, con un representante por Coquimbo, Santiago y Concepción respectivamente. Más tarde se establecería un Congreso Constituyente que redactaría la Constitución Política y Permanente del Estado de Chile de 1823. Y en 1824 se constituiría el «Congreso General de la Nación» que era unicameral y se componía de Diputados. Funcionó entre el 3 de enero y el 21 de julio de este año y estuvo conformado por siete senadores propietarios y cuatro senadores suplentes, que no representaron zonas geográficas. En relación a la Comisión Nacional y el Federalismo, se manifiesta que en 1826 el Congreso General, promovido por José Miguel Infante, impulsa una serie de ensayos que apuntan a instaurar en Chile un sistema federal, a pesar de que no se pudo legislar sobre el carácter federal del Estado, sí se logró instaurar cierta autonomía de las provincias y la elección de Asambleas Provinciales con propiedades legislativas, aunque todo esto dentro de un Estado Unitario. De esa manera, el Congreso Nacional celebraría durante el gobierno pipiolo de Francisco Antonio Pinto en 1828 su primer período legislativo, acompañado del derecho a voto. Período en el que se promulga la Constitución Política de la República de Chile, la primera en poner en práctica la existencia de una Cámara de Senadores y una Cámara de Diputados. De este modo se inició el I Periodo Legislativo del Congreso Nacional de Chile que sesionó entre el  6 de agosto de 1828  y el 31 de enero de 1829. Dicha Constitución establecía un sistema de vot o sólo a los que pagaban un impuesto mínimo, donde los ciudadanos debían tener ciertos requisitos de sueldo o bien raíz para participar en la vida política del Estado.  Asimismo, establecía una religión oficial, la católica, con prohibición de manifestación pública de otras. 

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