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Se rechazó indemnización.

Corte de Santiago confirmó condena a ex integrantes de la DINA en causa de derechos humanos.

La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó, en lo penal, la sentencia del Ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza.

26 de diciembre de 2013

La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó, en lo penal, la sentencia del Ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, que había condenado a cuatro ex integrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por el delito de homicidio calificado contra Luis Arias Pino, acaecido el 19 de febrero de 1975, y el delito de asociación ilícita en contra de dicha organización.

Cada uno de los acusados fue condenado a la pena de 15 años de presidio como autor de homicidio calificado y 3 años de presidio por el delito de asociación ilícita.

Adicionalmente, el Tribunal de Alzada capitalino revocó la sentencia que había acogido la demanda de indemnización de perjuicios deducida por familiares de la víctima, disponiendo el rechazo de dicha pretensión, al razonar que el Pleno de la Corte Suprema ha concluido que “la normativa internacional, no establece la imprescriptibilidad genérica de las acciones orientadas a obtener el reconocimiento de la responsabilidad extracontractual del Estado o de sus órganos institucionales”, lo que conduce a sostener que “resulta pertinente considerar la prescripción extintiva al momento de pronunciarse sobre la demanda intentada”, cuyo es precisamente el caso sublite, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 2332 del Código Civil.

 

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