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A solicitud de parte.

TDLC emitió Informe respecto de condiciones para licitación pública en Puerto de Iquique.

Esta determinación tiene su origen en la solicitud de la Empresa Portuaria de Iquique (EPI), amparada en la Ley Nº 19.542 que Moderniza el Sector Portuario Estatal.

16 de enero de 2014

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia emitió Informe respecto de las condiciones a las que deberá sujetarse la licitación pública del Frente de Atraque N° 1 o Molo del puerto de Iquique, así como el desarrollo y operación de un tercer frente de atraque en dicho puerto, bajo un esquema monooperador.

Esta determinación tiene su origen en la solicitud de la Empresa Portuaria de Iquique (EPI), amparada en la Ley Nº 19.542 que Moderniza el Sector Portuario Estatal.

Entre las condiciones impuestas por el Tribunal, a fin de asegurar la defensa de la competencia en la licitación aludida, cabe destacar el deber de EPI de utilizar como criterio de adjudicación el menor promedio ponderado de las tarifas por los servicios básicos (Índice de Adjudicación); los criterios para la determinación del monto de los pagos que deba efectuar el adjudicatario a la empresa portuaria; la incorporación de resguardos al ejercicio de poder de mercado en la provisión de servicios portuarios, relacionados con las tarifas de los servicios portuarios básicos, estándares de calidad de servicio, reglas de prioridad en la atención de naves, deberes de información y mecanismos contractuales de control; y las restricciones estructurales a la integración vertical y horizontal del futuro concesionario; entre otros aspectos.

 

Vea texto íntegro del Informe Rol NC 415-13.

 

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