Noticias

Fue despachada.

Diputados aprobaron iniciativa que regula subrogación en Tribunales Ambientales.

La Cámara de Diputados aprobó –con 96 votos a favor- el proyecto de ley que modifica la Ley N° 20.600, sobre Tribunales Ambientales.

17 de abril de 2014

La Cámara de Diputados aprobó –con 96 votos a favor- el proyecto de ley que modifica la Ley N° 20.600, sobre Tribunales Ambientales.

Cabe recordar que la moción de los senadores García Huidobro, Prokurica, Rossi, Tuma y la ex senadora Rincón, intenta fijar una nueva redacción para el artículo 10 de ese cuerpo legal, específicamente en lo que dice relación a la falta de Ministros titulares y suplentes para conformar el quórum de la sala del Tribunal, señalando que se procederá de la siguiente forma: “1) En el Primer Tribunal Ambiental la subrogación de los ministros letrados se efectuará por ministros de la Corte de Apelaciones de Antofagasta y la subrogación del ministro licenciado en Ciencias se efectuará por el respectivo ministro suplente del Segundo Tribunal Ambiental o, en su defecto, por el del Tercer Tribunal Ambiental; 2) En el Segundo Tribunal Ambiental la subrogación de los ministros letrados se efectuará por ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago y la subrogación del ministro licenciado en Ciencias se efectuará por el respectivo ministro suplente del Primer Tribunal Ambiental o, en su defecto, por el del Tercer Tribunal Ambiental. 3) En el Tercer Tribunal Ambiental la subrogación de los ministros letrados se efectuará por ministros de la Corte de Apelaciones de Valdivia y la subrogación del ministro licenciado en Ciencias se efectuará por el respectivo ministro suplente del Primer Tribunal Ambiental, o en su defecto, por el del Segundo Tribunal Ambiental”.

Agrega la iniciativa que “si la subrogación de los ministros licenciados en Ciencias no pudiere efectuarse, impidiendo al Tribunal sesionar con el quórum requerido, estos serán reemplazados por el ministro suplente letrado del propio Tribunal o, de no ser posible, subrogados por ministros de las Cortes de Apelaciones respectivas, todo de conformidad con las reglas anteriores.

Asimismo, indica que “el Presidente de la Corte de Apelaciones respectiva determinará el ministro que efectuará la subrogación”.

Finalmente, “si un Tribunal Ambiental careciere de la totalidad de sus miembros titulares y suplentes, será subrogado por otro Tribunal Ambiental, de conformidad a las siguientes reglas: 1.- El Primer Tribunal Ambiental por el Segundo Tribunal Ambiental. 2.- El Segundo Tribunal Ambiental por el Primer Tribunal Ambiental. 3.- El Tercer Tribunal Ambiental por el Segundo Tribunal Ambiental.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

RELACIONADOS

* Diputados aprobaron iniciativa que aumenta el plazo para formular observaciones a declaración de impacto ambiental…

* Diputados proponen aumentar plazo concedido a la comunidad para formular observaciones a la Declaración de Impacto Ambiental…

* Moción propone establecer un marco regulatorio para el Comité que resuelve las reclamaciones interpuestas en contra los Estudios de Impacto Ambiental…

* Se publicó la Ley que crea los tribunales ambientales…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *