Con disidencia.
TC se pronunciará sobre el fondo de inaplicabilidad que impugna normas de LGUC.
Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 20 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 20 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
La gestión pendiente invocada incide en los autos sobre recurso de apelación de sentencia definitiva que conoce la Corte de Apelaciones de Santiago.
La Primera Sala del TC declaró admisible el requerimiento de inaplicabilidad, por cuanto los antecedentes examinados permiten concluir que se dio cumplimiento a los requisitos exigidos por el artículo 93, inciso decimoprimero, de la Constitución Política, en relación con lo previsto en el artículo 84 de la LOCTC, toda vez que el precepto legal impugnado podría resultar decisivo en la gestión judicial; la acción de inaplicabilidad deducida se encuentra razonablemente fundada; y que no concurre, en la especie, ninguna de las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 84 de la LOCTC.
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