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Expendio de alcohol.

CGR desestimó reclamo contra Municipalidad por rechazo a solicitud de patente.

La CGR concluye que la Municipalidad de Recoleta ajustó su proceder a derecho al denegar la solicitud de que se trata, por lo que desestimó el presente reclamo.

2 de mayo de 2014

Se solicitó a la CGR –por parte de un particular- se pronunciarse sobre un reclamo presentado contra la Municipalidad de Recoleta por haber denegado la transferencia y traslado de la patente de alcoholes que el reclamante solicitara, en atención a que en la carpeta del inmueble respectivo faltarían determinados antecedentes, no obstante que, según señala el reclamante, éstos se acompañaron en su oportunidad a la entidad edilicia.

Al respecto, el órgano fiscalizador precisó que “que el ejercicio de una actividad comercial supone, por regla general, la existencia de un recinto cuya construcción haya sido legalmente recibida por el municipio, quedando solo entonces habilitado para desarrollar actividades comerciales en su interior, de forma tal que la falta de recepción definitiva de una determinada construcción impide ejercer en ella una actividad económica, toda vez que se trata de un requisito esencial para ello”.

En el mismo sentido, agregó que “de los antecedentes acompañados por el municipio, en particular, del memorándum N° 06/2014, de fecha 8 de enero de 2014, de la Oficina de Inspección de la Dirección de Obras Municipales respectiva, consta que se rechazaron las solicitudes para autorizar en el inmueble en comento el expendio de cerveza y el desarrollo de las actividades de cabaret y discoteque, en atención a que personal de la antedicha unidad detectó, por una parte, la existencia de estructuras que no contarían con permiso de edificación ni recepción definitiva y, por la otra, que los destinos solicitados no concuerdan con aquel aprobado por el certificado de recepción final N° 64, de 2000, para ese bien raíz”.

En atención a lo expuesto, la CGR concluye que la Municipalidad de Recoleta ajustó su proceder a derecho al denegar la solicitud de que se trata, por lo que desestimó el presente reclamo.

 

 

Vea texto íntegro del Dictamen N° 28176.

 

 

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