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Igualdad ante la ley.

CIDH destaca reformas al Código de Justicia Militar mexicano.

A partir de esta modificación, los casos correspondientes a violaciones de los derechos humanos de personas civiles serán conocidos y juzgados por el sistema ordinario de justicia y no por tribunales castrenses.

14 de mayo de 2014

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) valoró positivamente las reformas que, en días pasados, el Congreso Mexicano aprobó para el Código de Justicia Militar, las que establecieron por primera vez restricciones al alcance de la jurisdicción militar. A partir de esta modificación, los casos correspondientes a violaciones de los derechos humanos de personas civiles serán conocidos y juzgados por el sistema ordinario de justicia y no por tribunales castrenses.

Lo anterior, expresa la CDIH, demostró un significativo avance en la protección de los derechos fundamentales de México y en el cumplimiento de las obligaciones internacionales por parte del Estado en materia de derechos humanos, en especial con las garantías del derecho a la verdad, a la justicia y a la reparación para las víctimas y sus familiares. Adicionalmente, se destacó el cumplimiento del Estado Mexicano a las recomendaciones que emitió tras su informe en 1998, y en el caso de las hermanas González Pérez. Asimismo, expresó que estas reformas constituyeron un notorio cumplimiento a las reparaciones establecidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la que en reiteradas sentencias señaló que: «en un Estado democrático de derecho, la jurisdicción penal militar ha de tener un alcance restrictivo y excepcional y estar encaminada a la protección de intereses jurídicos especiales, vinculados a las funciones propias de las fuerzas militares».

Finalmente, la Comisión instó al Estado a que indique claramente en su legislación “que la naturaleza del derecho que ha sido afectado debe ser el factor determinante para establecer jurisdicción”. 

 

 

Vea texto íntegro del comunicado de prensa de la CIDH.

 

 

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