Libertad de opinión.
Corte de Santiago rechaza protección de Movilh contra senadores y ex diputada.
En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de protección presentado por el Movimiento de Liberación e Integración Homosexual (Movilh) en contra de dos senadores y una ex diputada de la Unión Demócrata Independiente.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de protección presentado por el Movimiento de Liberación e Integración Homosexual (Movilh) en contra de dos senadores y una ex diputada de la Unión Demócrata Independiente (UDI) por supuestas declaraciones discriminatorias hacia la comunidad homosexual.
En su sentencia, arguye la Corte de Santiago que las declaraciones vertidas por los recurridos en medios de comunicación en las que manifiestan su opinión contraria a la adopción de niños y adolescentes por parte de parejas homosexuales no puede calificarse de arbitraria si se tiene presente que así como los recurrentes citan diversos estudios, informes y opiniones sobre la materia tanto en el ámbito nacional como internacional, también existen en igual cantidad otros estudios, investigaciones y pareceres que estiman y concluyen en forma contraria; es decir, se trata de una materia de suyo compleja sobre la que existen criterios y convicciones distintos, todos con razonables fundamentos y que, por lo tanto, no incurre en discriminación quien adopta uno u otro parecer (…) Que los recurridos, independientemente de sus calidades de senadores y diputada, han tenido el legítimo derecho de manifestar su opinión sobre un tema de debate público en el que existe posiciones contradictorias, sin que ello signifique afectar la dignidad y la integridad de quienes opinan de modo distinto”.
Luego, expresa el fallo que, en el presente caso, no puede estimarse que las opiniones de los recurridos carezcan de justificación razonable, si se tiene presente que no existe un criterio unánime en favor de la adopción de niños y adolescentes por parejas homosexuales, y las opiniones e investigaciones en distinto sentido hacen que la íntima convicción manifestada por los recurridos en medios de comunicación tenga una razonable justificación emanada, precisamente, de tales posiciones divergentes al criterio de los actores. Por lo expuesto, tampoco resulta ilegal el proceder de los recurridos que ha motivado el presente recurso.
Te puede interesar

No se verifica ilegalidad y arbitrariedad.
CS confirmó sentencia y rechaza protección contra resolución dictada por la SEC.

Acto ilegal y arbitrario.
CS confirmó sentencia y acoge protección contra presidente de una liga deportiva.

No se verifica acto ilegal y arbitrario.
CS confirmó sentencia y rechaza amparo deducido por funcionario público.

