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Por unanimidad.

Corte de Santiago ratificó condena en caso de secuestro ocurrido en 1973.

Respecto del aspecto civil de la demanda, fue confirmada la sentencia que condenó al Fisco a pagar una indemnización de $800.000.000 (ochocientos millones de pesos) a los familiares de la víctima.

14 de julio de 2014

La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la condena de 5 años y un día de presidido dictada en contra del miembro en retiro de la Armada Jorge Osses Novoa, por su responsabilidad en el secuestro calificado de Fernando Olivares Mori.

En virtud de los antecedentes probatorios, se acreditó que el  5 de octubre de 1973, una patrulla militar al mando del Teniente de la Armada Jorge Osses Novoa, concurrió al Centro Latinoamericano de Demografía (CELADE), organismo dependiente de las Naciones Unidas donde trabajaba Fernando Olivares Mori, exigiendo la presencia de aquel para conducirlo en calidad de detenido a las dependencias del Ministerio de Defensa Nacional, manifestando que era requerido en dicho lugar para prestar declaraciones.

Una vez que llegaron a las dependencias del Ministerio de Defensa, agrega el fallo, Olivares Mori fue llevado a una oficina, perdiéndose su rastro y, en los días siguientes, ante las repetidas consultas hechas respecto de su paradero por quien lo acompañó a aquellas dependencias, además de la propia CELADE, se informó, en un principio, que estaba detenido en el Estadio Nacional, sin embargo, las autoridades militares de la época negaron que se encontrara en tal calidad en alguna de las dependencias del Ministerio de Defensa o en los otros lugares que en esa época se habilitaron para ello, sin que hasta el momento haya podido establecerse lo acontecido”.

En su sentencia, la Corte de Santiago expresa que el argumento de la defensa de Osses Novoa, tendiente a su falta de participación en el delito, no resulta verosímil que un oficial de la Armada de Chile, partícipe en un golpe de Estado, pretenda minimizar su responsabilidad alegando ignorancia de lo que ocurría en la época en que él, precisamente, se desempeñaba en el Ministerio de Defensa Nacional, epicentro de la toma de decisiones y organización de operaciones (…) a lo anteriormente señalado debe agregarse que el condenado, aunque muy joven, era oficial de la Armada de Chile, es decir, no se trataba de un marinero haciendo su servicio militar.

Se trataba de un engranaje de la institución naval (…) finalmente, señalar que su participación se limitó a trasladar al detenido, hoy desaparecido, desde el lugar en que ese trabajaba hasta el Ministerio de Defensa, y desde ahí no haber sabido nada de él, a juicio de estos sentenciadores es una excusa inaceptable para un oficial, más aún cuando denota un desprecio absoluto por el destino de un ser humano, sostiene así el fallo.

Respecto del aspecto civil de la demanda, fue confirmada la sentencia que condenó al Fisco a pagar una indemnización de $800.000.000 (ochocientos millones de pesos) a los familiares de la víctima, basado en los últimos fallos adoptados por la Sala Penal de la Corte Suprema, la que ha establecido la imprescriptibilidad de acciones civiles en delitos de lesa humanidad.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago Rol N°2113-2013.

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