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Corte Suprema confirmó.

Corte de Valdivia acoge protección ordenando a Casino pagar millonario premio.

El fallo fue confirmado en todas sus parte por la Corte Suprema, ordenando así al Casino de Valdivia entregar al recurrente el cheque correspondiente al premio por el monto de $78.500.000.

18 de julio de 2014

En fallo unánime, la Corte  Suprema  ratificó resolución de la Corte de Apelaciones de Valdivia que acogió un recurso de protección presentado en contra del casino Dreams de la ciudad por no pagar un millonario premio.

En su sentencia, determina la Corte de Valdivia que la discusión sobre la procedencia del pago o no del monto adeudado, corresponde que sea conocida por los jueces del fondo, ya que nos encontramos frente a un contrato de juego de azar, discutiéndose si la recurrida ha incumplido su obligación de pagar la suma de dinero, lo que no puede ser resuelta en esta sede, ya que esta tiene por finalidad restablecer el imperio del derecho, debido a la privación, perturbación o amenaza de un derecho, discutiéndose en el caso sublite la procedencia del pago, ya que el recurrido al alegar que existe una vulneración de normas reglamentarias en la obtención del premio, deberá probar en sede civil tal alegación, sin que por tanto nos encontremos frente a la existencia de un derecho indubitado referente al monto solicitado.

Enseguida, prosigue el fallo, ha existido una actuación arbitraria por parte del recurrido, en que ha conculcado la garantía constitucional del derecho de propiedad, ya que sin perjuicio de la discusión de fondo, el Casino entregó un cheque nominativo, el que no pudo ser cobrado por el actor, y la recurrida ante lo expuesto por el recurrente de no haber podido pagarse por el Banco, le señaló que iba a cambiar el cheque, lo que no se produjo, justificando su actuar, pero sin devolver el cheque anteriormente devuelto por el actor, que ya había sido transferido, operando el modo de adquirir tradición referente a una cosa mueble, constituyéndose un derecho real sobre tal documento, sin perjuicio de las medidas que la recurrida puede efectuar para impedir que se pague dicho título de crédito.

Así, concluye el Tribunal de alzada sosteniendo que lo anteriormente descrito conlleva a que la recurrida al estimar en forma unilateral, que no correspondía el pago de la obligación que nace del contrato de juego de azar, no tenía la facultad de retener el cheque de propiedad del actor sin autorización judicial, por lo que al conculcarse la garantía constitucional señalada, se acogerá la acción de protección como se dirá en lo resolutivo, sólo en lo referente al documento retenido por el recurrido de propiedad del recurrente, pero no con respecto a su contenido, lo que deberá discutirse  ante los tribunales de fondo.

El fallo fue confirmado en todas sus parte por la Corte Suprema, ordenando así al Casino de Valdivia entregar al recurrente el cheque correspondiente al premio por el monto de $78.500.000.

 

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte de Valdivia y de la Corte Suprema.

 

 

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