Noticias

Hay voto en contra.

CS confirmó sentencia y rechaza protección contra Consejo de Ministros de la Corporación Administrativa del Poder Judicial.

El fallo fue acordado con el voto en contra de la Ministra Muñoz y del Ministro Cerda, quienes estuvieron por revocarla y conceder la protección.

7 de agosto de 2014

Se dedujo acción de protección en contra del Consejo de Ministros de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, por parte de un funcionario público.

El recurrente estimó vulneradas las garantías constitucionales correspondientes a la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad por el acto ilegal y arbitrario consistente en el acoso laboral de su jefatura y la decisión del recurrido de renovar su contrata.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección; decisión que fue confirmada en alzada por la Corte Suprema.

En su sentencia, el máximo Tribunal expuso que “aparece de este expediente y de las alegaciones efectuadas por la parte recurrida que, el recurrente, se encontraba como funcionario a contrata por parte de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, la cual el 28 de noviembre de 2013, luego de conocer de una reconsideración de su parte, decidió no renovarla, toda vez que los mismo documentos demuestran que el recurrente tenía una calificación deficiente ejecutoriada en el año 2012, por lo que tal como lo señala el informe de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, no se encontraba en lista de mérito, y por lo mismo no reunía los requisitos para renovarle la contrata, como le ocurrió a su vez  a otras cinco personas a las que tampoco se les renovó su contrata. La calificación del año 2012 no tiene ninguna relación con el Acta N° 19-2012 que contiene el Auto Acordado de la Corte Suprema del 19 de enero de ese año, la cual solamente es aplicable al personal de los Tribunales de Justicia pero no al  de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, ya que los funcionarios de ésta tienen su propio Reglamento de personal, el que fue modificado en junio del año 2013 y se encuentra publicado en la Intranet”. 

El fallo fue acordado con el voto en contra de la Ministra Muñoz y del Ministro Cerda, quienes estuvieron por revocarla y conceder la protección, por cuanto consideraron que, “la renovación automática de la contrata constituye un avance en la situación del contratado, de cara a las seguridades de conservación de su fuente de trabajo, que involucra derechos de cuyo ejercicio dependen no solamente el directamente concernido sino quienes lo rodean y sobre los que detenta una especie de propiedad que no puede escapar al especial amparo del artículo 20 de la Constitución Política de la República. En su parecer, esa prerrogativa se ve inmediatamente afectada por la decisión ilegal y arbitraria objeto de reproche”.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N°6151-2014.

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago Rol N°148254-2013.

 

RELACIONADOS

CS rechaza protección por término anticipado de contrata…

CS rechazó recurso de protección por término anticipado de contrata de funcionario de un Servicio de Salud…

CS acoge acción de protección deducida contra municipio por término ilegal de nombramiento a contrata…

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *